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Documentos filtrados por ‘Guacamaya Leaks’ son apócrifos: Presidencia

La presidencia de la República aseguró que los documentos difundidos en las últimas semanas sobre presuntos actos de espionaje por parte de las fuerzas armadas son apócrifos ya que no están firmados ni avalados por alguna autoridad.

En el documento, que ordenó difundir el presidente Andrés Manuel López Obrador esta mañana, el Ejecutivo negó que el gobierno federal realice labores de espionaje y, por el contrario, aseguró que solo efectúan acciones de inteligencia dirigidas a combatir el crimen organizado y enfrentar amenazas que pongan en riesgo la seguridad nacional

Argumentó que prueba de ello es que hasta ahora no se ha detenido a ningún actor político, social o activista y sí a 27 objetivos relevantes que lideraban bandas criminales.

Según la presidencia, es evidente que las filtraciones a través de Guacamaya Leaks provocaron que cualquier persona elabore documentos similares o con el mismo formato a los informes militares solo con el objetivo de dañar la imagen de la institución y por tal tazón “carecen de validez legal”.

El documento refiere que las actividades de inteligencia significan hacer un análisis de la información disponible en fuentes abiertas como medios de comunicación, redes sociales, así como la obtenida en actividades de campo y reuniones con diversos actores, misma que se compara con bases de datos que poseen de manera legal autoridades.

Por tanto, con el desarrollo de este tipo de acciones, se ha podido llevar a cabo la detención de blancos generadores de violencia así como el aseguramiento de enervantes y armamento.

Destacaron que en esta administración, la autoridad judicial ha detenido a mil 393 personas; de ellas, 27 son relevantes por tratarse de presuntos líderes de las organizaciones criminales y generadores de violencia en el país, destacando: Ovidio “N”, José Guadalupe “N”, Gerardo “N”, José Antonio “N” y José Alfredo “N”.

De acuerdo al artículo 16 constitucional, explica el documento, las comunicaciones privadas son inviolablres y solo un juez puede valorar el alcance y autorizar su intercepción siempre y cuando tenga información relacionada a la comisión de un delito y por tanto las instancias de seguridad nacional están impedidas legalmente para realizar este tipo de actividades sin una orden judicial.

Y refiere que es facultad exclusiva de la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, autorizar la intervención de cualquier comunicación privada, debiendo fundar y motivar fehacientemente las causas.

Fuente: Milenio

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