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Arrendamiento y sus problemáticas

Lic. Francisco Javier Pérez Montes

El arrendamiento de inmuebles es uno de los contratos más comunes en nuestra sociedad, celebrado entre un arrendador, que puede ser el propietario del inmueble o un administrador de dicho bien, y por otra parte, el inquilino, que es la persona que pagará la renta por usar y disfrutar el inmueble materia del arrendamiento, por el tiempo que estipule de vigencia el contrato.

Algunas de las preguntas más frecuentes entre los arrendadores, es la de ¿Cómo elegir a un inquilino que cumpla con el pago de las rentas?, ¿Qué requisitos debe contener el contrato?, ¿Qué pasa si el inquilino incumple en el pago de las rentas?, ¿Es preciso pedir que firme el contrato un fiador del inquilino?, o ¿Qué otra forma legal existe para que se garantice al arrendador el pago de las rentas?.

Para ir respondiendo a estas interrogantes, es necesario saber, que para poder arrendar un inmueble, es necesario como arrendador, estar dado de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes, para estar en posibilidad de expedir el recibo de renta al inquilino, y de esta forma también contribuir con el pago de impuestos; asimismo, es importante identificar al inquilino, saber en que trabaja, cual es su ingreso mensual, y solicitarle un fiador que tenga algún bien inmueble libre de gravámenes, el cual también deberá estar plenamente identificado; es importante saber estos datos, a fin de evitar que ingrese en el inmueble arrendado gente que pudiera dedicarse a actividades ilícitas, y que por este motivo les pudieran aplicar la ley de extinción de dominio, perdiendo dicho patrimonio.

Tratándose de inmuebles cuya renta es considerable, se puede pedir que se nos garantice el pago de rentas, a través de una fianza, que el inquilino deberá tramitar ante una compañía afianzadora, que tenga pleno conocimiento del contrato de arrendamiento y sus alcances, estipulándose que para el caso de que el inquilino no cubra su renta dentro del termino pactado, se podrá pedir a la compañía afianzadora realice el pago por éste. Es importante destacar que la fianza que se contrate, solo estará vigente dentro de la vigencia del contrato, por lo que hay que cuidar que el contrato no se vuelva indeterminado en tiempo, pues en ese caso la afianzadora no responderá de las rentas que llegare a adeudar el inquilino.

Recuerden que un consejo legal a tiempo, puede evitar problemas a futuro; siendo la intención de esta columna, fomentar la cultura de prevención, así como dar a conocer las distintas problemáticas legales que se presentan en nuestra sociedad, y que tienen que ser resueltas a través de las distintas materias y especialidades del derecho.

javi_montes72@hotmail.com
Cel. 2291 208735

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