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Mi consejo legal

Cargos no reconocidos en mi tarjeta bancaria…

Lic. Francisco Javier Pérez Montes

Es importante que Usted sepa, que cuando una institución bancaria le otorga una tarjeta de crédito o de débito, le asigna un NIP (Número de Identificación Personal), que consta de cuatro dígitos, el cual es confidencial y de su uso usted será responsable, es por ello que a ninguna persona le debemos confiar este número, pues debemos evitar que se haga mal uso de la tarjeta, por personas ajenas a nosotros.

También debemos tener presente, que existen personas que ofrecen el trámite de una nueva tarjeta de crédito, y para ello le solicitan una copia de lado y lado, de alguna otra tarjeta bancaria con la que usted previamente cuente, lo cual debe evitarse, pues con los datos que contiene su tarjeta, como lo son el número de tarjeta al frente y números al reverso, pueden hacer un mal uso, realizando compras por internet o pagos, que se verán reflejados en su próximo estado de cuenta; ante esta situación, es importante reportar su tarjeta ante el banco, a fin de evitar se siga haciendo un mal uso de ella, en detrimento de su patrimonio.

Cuando Usted pague con tarjeta bancaria, ya sea de débito o crédito, exija que la terminal donde se va a realizar el cargo esté a la vista, pues de otra manera, su tarjeta puede ser clonada mediante algún dispositivo electrónico.

Nunca rebele datos  personales ni de su tarjeta bancaria vía telefónica, hoy en día existen personas que se hacen pasar por funcionarios bancarios y le llaman para supuestamente verificar sus datos personales y de su tarjeta, recuerde que sus datos son confidenciales y que es preferible acudir directamente ante su ejecutivo bancario en la sucursal que le corresponda.

Si Usted fuera víctima de este tipo de fraudes, porque le hicieron cargos indebidos a su tarjeta, es necesario acudir ante la CONDUSEF (Comisión Nacional de Usuarios de Servicios Financieros) e interponer su queja, ya sea presencial o vía electrónica, narrando los hechos y describiendo los cargos no reconocidos, a fin de que le sea solicitado su informe a la institución bancaria y esta autoridad pueda determinar a través de un dictamen técnico, si la queja es procedente o no; para el caso de ser procedente la queja, se deberá demandar a la institución bancaria en la vía ordinaria mercantil, el monto de los cargos no reconocidos y sus accesorios legales, para lo cual deberá estar asistido de un abogado, pues tendrá que acudir ante los tribunales a deducir su derecho.

Recuerden que un consejo legal a tiempo, puede evitar problemas a futuro; siendo la intención de esta columna, fomentar la cultura de prevención, así como dar a conocer las distintas problemáticas legales que se presentan en nuestra sociedad, y que tienen que ser resueltas a través de las distintas materias y especialidades del derecho.

javi_montes72@hotmail.com
Cel. 2291 208735

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