Por Edgard González Suárez
Se ha generado un debate falso entre la coalición gobernante y la oposición, todo alrededor del impedimento para aspirar al cargo de Presidente de la República si el prospecto tiene una doble nacionalidad al registro de su candidatura ante los órganos electorales. En nuestra constitución vigente y desde 1917, el artículo 82 establece los requisitos para ser presidente de la República, que exigía ser mexicano por nacimiento, e hijo de padres mexicanos. Es decir, el principio para la defensa de la soberanía nacional, seguridad frente al extranjero y lealtad institucional con las leyes del país, ya estaba declarado. Estamos hablando de que una potestad del Estado es regular, extender o restringir derechos bajo los debidos fundamentos y motivos. Y atendiendo a nuestra historia desde la independencia, las intervenciones extranjeras, el fallido imperio de Maximiliano y la Revolución Mexicana, es de comprenderse la redacción original del artículo 82, ya que durante todo el siglo XX, hasta el 1997, en México no existía la doble nacionalidad. Aunque el espíritu del artículo 32 constitucional establece a la letra que la Ley regulará los requisitos de la doble nacionalidad y con ello evitar los conflictos de interés y deslealtad, hasta la iniciativa de reforma de 2026, casi 110 años después, se propone un mecanismo claro que obliga a cualquier aspirante a renunciar a tener una doble nacionalidad y los tiempos para definirse o renunciar a otra que no sea la mexicana para ser electo como Presidente de la República, Gobernador o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
En estricto sentido, desde hace más de 100 años la Ley intentó proteger la soberanía nacional y la lealtad institucional con el país a través del artículo 82 y hoy, dado el activismo nacional e internacional de la oposición a favor de una intervención extranjera, y las enormes presiones del actual gobierno norteamericano que favorece una intervención, incluso unilateral en territorio mexicano. La reforma sobre la doble nacionalidad no solo es entendible sino necesaria.
Las consecuencias positivas de la ley son:
- Defensa del principio de Soberanía, seguridad y lealtad institucional y jurídica al Estado y sus leyes nacionales.
- Evitar alianzas, presiones o condicionamientos extranjeros para favorecer intereses ajenos al interés nacional. Sobre todo, en aquella posición política que tiene bajo su mando y control a las fuerzas armadas de la nación.
- Estabelecimiento de un procedimiento más nítido y claro, para evitar que un mexicano con doble nacionalidad pueda gobernar el país, un estado o la ciudad de México.
- La reforma plena permite consolidar la figura del presidente de la república como representante exclusivo y consolidado con la identidad y soberanía Mexicana.
Consecuencias Negativas:
- La oposición ha reclamado que es una ley no inclusiva sino excluyente ya que una buena parte de mexicanos tienen dobles nacionalidades: España, Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia.
- La oposición denuncia que la reforma restringe derechos, limita y por lo tanto no acata las normas internacionales sobre derechos humanos.
- La mayoría de los mexicanos que tienen una doble nacionalidad (mexicana y norteamericana) son 13,5 millones, y serían, según los opositores la población afectada por dicha reforma.
Soy de la opinión y desde mi perspectiva qué dada la política de control y expansionismo norteamericano, la reforma se establece como filtro simbólico y jurídico para mantener el interés nacional por encima de políticas extranjeras.
Decía al principio que es un debate falso porque los números no ayudan a la oposición, solo entre 15 y 20 millones de mexicanos tienen una doble o múltiple nacionalidad, de los cuales 13,5 millones de mexicanos nacidos en los estados unidos pueden adquirir la nacionalidad mexicana si son hijos de padres mexicanos. Y dado el caso de que uno de ellos quisiera hacer política en México, nada se lo impide, y pudiera llegar a ser candidato de algún partido, solo tendría que renunciar a la nacionalidad norteamericana, en los tiempos previstos por la propia ley, y tampoco tendría problema alguno. Del resto de los mexicanos vinculados por una doble nacionalidad a países europeos, son apenas el 4% de mexicanos en esa condición y muy seguramente mucho menos los interesados en postularse a la presidencia de la república, a un gobierno estatal o a la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Pero, habiendo casos, renuncian a su nacionalidad extranjera y bienvenidos a la reyerta política.
La oposición perdió la votación. La reforma constitucional sobre nacionalidad única que modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución fue aprobada en la Cámara de Diputados por 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención en lo general, y con 334 votos a favor, 109 en contra y una abstención en lo particular.
