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Estos pensionados del IMSS e ISSSTE cobrarán primero el pago correspondiente de mayo

El pago de la pensión para el mes de mayo de 2026 presenta ajustes en las fechas de depósito para los beneficiarios de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), debido a la coincidencia de días inhábiles y festivos con el calendario bancario.

Los pensionados del ISSSTE serán quienes reciban primero el pago, disponible desde el 29 o 30 de abril, mientras que los del IMSS accederán al depósito el lunes 4 de mayo.

Pensionados del ISSSTE cobrarán primero

Debido al calendario, los jubilados y pensionados del ISSSTE podrán disponer de su pensión desde el último día hábil de abril. Este grupo será el primero en recibir el recurso mensual, una situación que ocurre cuando el inicio del mes coincide con un día inhábil para operaciones bancarias.

El ISSSTE mantiene la práctica de adelantar el pago para evitar retrasos. El movimiento administrativo garantiza que los beneficiarios accedan a su dinero sin necesidad de hacer trámites adicionales, ya que la dispersión se realiza de manera automática.

El IMSS deposita el lunes 4 de mayo

Los beneficiarios del IMSS tendrán acceso a su pensión a partir del lunes 4, primer día hábil del mes. La institución reiteró que la política es depositar siempre en esa fecha, salvo que caiga en un día inhábil, en cuyo caso se ajusta al siguiente día hábil disponible.

El ajuste en el calendario no afecta el monto de la pensión. Cada persona recibe la cantidad correspondiente según su historial laboral y el régimen bajo el que se jubiló. No hay modificaciones en las prestaciones ni pagos extraordinarios asociados a este cambio de fecha.

Requisitos para recibir pensión de vejez IMSS

Para acceder a la pensión de vejez del IMSS, las personas deben cumplir ciertos requisitos según el régimen bajo el que cotizaron.

En el caso del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:

  • Tener 65 años al momento de presentar la solicitud.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio.
  • Contar con al menos 500 semanas de cotización registradas ante el IMSS.
  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Estar dentro del período de conservación de derechos, equivalente a la cuarta parte del tiempo cotizado.

Para el Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:

  • Tener 65 años al solicitar la pensión.
  • Baja en el Régimen Obligatorio.
  • Acumular un mínimo de  mil 250 semanas de cotización ante el IMSS.

Las autoridades recomendaron a los pensionados revisar sus cuentas desde las primeras horas del día de pago y evitar acudir de inmediato a sucursales, para prevenir aglomeraciones.

Fuente: Infobae

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