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Impugna INE el plan b electoral de AMLO

El Instituto Nacional Electoral (INE) presentó una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Dicho recurso se interpuso, debido a que las modificaciones legislativas que se plantearon en el Decreto publicado crean condiciones que merman la autonomía del Instituto y su capacidad para ejercer las funciones que la Constitución le mandata, a la par que desequilibra el modelo de comunicación social y perjudica la equidad en la contienda”, señaló el INE en comunicado.

La controversia es en contra de las reformas a la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022, pues aún falta la publicación de tres leyes más en materia electoral, pero que se encuentran en el Senado. En estas ultimas se hablan de la reducción de áreas, lo que provocará despidos en éste.

El órgano electoral señaló que la Constitución establece que los servidores públicos deben aplicar los recursos públicos con imparcialidad, sin influir en la equidad de la contienda, así como que la propaganda gubernamental debe tener contenido institucional, sin poder incluir mensajes o imágenes que constituyan propaganda personalizada para posicionarse ante el electorado.

El INE agregó que las reformas aprobadas desconocen esas prohibiciones y permite que las autoridades puedan intervenir en la contienda con el pretexto de ejercer la libertad de expresión de quienes ostentan los cargos públicos, en franca contravención al derecho de la ciudadanía de recibir información por parte del gobierno, cierta y objetiva.

Lo anterior porque las reformas a la Ley de Comunicación Social establecen que propaganda gubernamental es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones difundidas, con cargo al presupuesto público, por un ente.

También agregan que no es propaganda gubernamental la manifestación de los servidores públicos que realicen “en uso de su libertad de expresión” y en el ejercicio de sus funciones públicas, y tampoco es la “información de interés público” que realicen los servidores públicos. Además, señala que durante los procesos de consulta popular y de revocación de mandato, así como en campañas electorales, deberá suspender la difusión de propaganda gubernamental.

Por ello, con la definición que da esta reforma, los servidores públicos podrán realizar “manifestaciones” bajo el argumento de que están en uso de su libertad de expresión en tiempos de campaña o algún proceso de votación popular como lo hicieron los legisladores de Morena en la revocación de mandato.

Fuente: Forbes

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