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Podrás tramitar incapacidad por Covid-19 desde app del IMSS

Para reducir la movilidad y prevenir riesgos de contagios por COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) habilitó desde marzo de 2020 plataformas electrónicas para tramitar en línea el Permiso COVID-19, el cual es homologable a una incapacidad temporal para el trabajo.

Este permiso permite al trabajador protegerse ante el patrón por ausentarse de sus labores durante un periodo determinado y recibir un subsidio cuando cumpla con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social.

La solicitud del Permiso Covid-19 se realiza en la página web del Instituto http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o bien por medio de la app IMSS Digital, seleccionando el cuestionario Permiso COVID-19, ahora con la posibilidad de tramitarlo con una prueba positiva de un laboratorio externo al IMSS.

El mecanismo para obtener esta nueva versión de permiso por 10 días entró en vigor en enero de este año y consta en adjuntar la prueba positiva de COVID de un laboratorio externo al IMSS, para validar esto, un grupo de médicos del Instituto revisarán la autenticidad de esta prueba, así como la vigencia de la misma.

También deberá adjuntarse una identificación oficial por los dos lados y estado de cuenta con CLABE interbancaria no mayor a tres meses a donde se desea el depósito por parte del IMSS del subsidio que le corresponda, cuando el asegurado cuente con el derecho a recibirlo.

En caso de que no se cuente con una prueba positiva de un laboratorio externo, el paciente deberá resolver un cuestionario de tamizaje y se le expedirá un certificado por incapacidad de un día, esto para que acuda a un Módulo de Atención Respiratoria del IMSS para hacerse una prueba.

Dependiendo del resultado de la prueba aplicada en el Módulo de Atención Respiratoria, se expide en ese momento el Permiso COVID-19 para acumular el resto de los días hasta llegar a los 10.

En caso de que el paciente esté grave, intubado o reincidente ante la enfermedad del SARS-CoV-2, el médico tratante será el encargado de expedir la incapacidad correspondiente, ya que él determinará la duración de la misma, y en caso de ser necesario, otorgar las incapacidades subsecuentes.

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