La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó un acuerdo que prohíbe a los particulares titulares de una concesión realizar actividades de exploración y explotación minera dentro de áreas naturales protegidas de competencia federal, sin contar previamente con la autorización en materia de impacto ambiental.
El acuerdo entra en vigor este martes y también establece que los funcionarios de esta dependencia no podrán autorizar proyectos sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental que contemplen obras o este tipo de actividades.
“Las autorizaciones en materia ambiental son un trámite administrativo independiente a las concesiones mineras, reguladas por la legislación vigente, por lo que la prohibición del párrafo anterior aplica a las personas titulares de concesiones, incluso a aquellas que cuenten con concesiones otorgadas con anterioridad al 9 de mayo de 2023”, subraya el documento.
El acuerdo también estipula que los funcionarios de la Semarnat deberán vigilar que los concesionarios cumplan con la obligación de aplicar programas de restauración ambiental antes, durante y después de la exploración y explotación minera.
De igual forma, estipula que no podrán otorgar permisos ambientales en sitios resguardados por la importancia de su ecosistema.
Asimismo tienen prohibido autorizar la disposición final de residuos mineros y metalúrgicos en áreas naturales protegidas, humedales, cauces y zonas federales de aguas nacionales, debido al alto riesgo que representan para la salud y el ambiente.
Fuente: La Jornada
