La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el criterio de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), con base en el cual ordenó “bajar” un espot del PAN en contra de Morena titulado “Los traicionaron”.
En ese promocional, el PAN hizo afirmaciones relacionadas a que Morena había entregado el gobierno al crimen.
Aunque el proyecto de Reyes Rodríguez Mondragón proponía revocar el acuerdo de la citada Comisión, la mayoría de los magistrados votó en sentido contrario.
En su cuenta de X, el magistrado ponente dijo que al conceder medidas cautelares “por meras alusiones genéricas se corre el riesgo de censurar el discurso político y el debate público”.
Señaló que por ello emitió un voto particular contra la decisión mayotiraria de confirmar el acuerdo de la Comisión de Quejas que dictó procedente el dictado de la citada medida cautelar (retirar el espot del PAN, pautado para radio y televisión).
Rodríguez argumentó que la propia Comisión señaló que los promocionales no contienen una imputación directa de hechos o delitos falsos atribuibles a Morena, “por lo que a mi juicio incurrió en una indebida fundamentación y motivación al concluir que, aun ante la ausencia de ese elemento central de la calumnia, debían concederse las medidas cautelares”.
“Conceder la medida cautelar por la sola asociación entre un partido y el concepto general y abstracto de crimen contraviene la línea jurisprudencial conforme a la cual la calumnia exige la imputación directa, unívoca y específica de un hecho o delito falso”.
Fuente: La Jornada
