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Publican en el DOF norma para prospección sísmica marina para reconocimiento y exploración

La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Asea) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana NOM-021-ASEA-2026, Prospecciones Sísmicas marinas para el Reconocimiento y Exploración Superficial, la cual establece las especificaciones en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente en la materia. 

La finalidad es mitigar el impacto en la vida e integridad de mamíferos priorizando el orden cetacea; así como, los órdenes testudines (tortugas), lamniformes (tiburones) y orectolobiformes (tiburones alfombra). 

La presente norma entrará en vigor a los ciento ochenta días naturales posteriores a su publicación en el DOF.

El organismo que pertenece a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) explicó que en la actualidad se realizan actividades de reconocimiento y exploración superficial que corresponden a todos aquellos estudios de evaluación que se llevan a cabo únicamente sobre la superficie del terreno o del mar por métodos directos e indirectos, para considerar la posible existencia de hidrocarburos en un área determinada.

Uno de ellos  es la prospección sísmica, como método fundamental en la exploración y caracterización de yacimientos, que consiste en la generación de ondas acústicas desde una fuente sísmica, las cuales viajan por el agua y penetran en las diferentes capas del subsuelo. 

La prospección sísmica marina, agregó, se puede realizar mediante diferentes tipos de arreglos para la adquisición de datos sísmicos, en donde cada uno de ellos presenta diferente grado de complejidad operativa. Entre mayor cantidad de buques de adquisición y embarcaciones de apoyo se vean involucradas, y mayores sean las activaciones de la fuente sísmica, existirá un mayor riesgo operativo, así como, un mayor impacto potencial a la vida marina.

En las especificaciones para la planificación logística en el área, indica que el regulado debe realizar y documentar el análisis de riesgo de los equipos empleados para el desarrollo de las actividades de prospección sísmica marina, utilizando una metodología aplicable que permita desarrollar un análisis cualitativo y cuantitativo. 

También, en prospecciones sísmicas marinas adyacentes a Áreas Naturales Protegidas, el regulado debe definir, documentar y establecer el radio de la zona de exclusión mediante el modelado acústico, que considere niveles de ruido de hasta 160 decibelio (dB) re 1 megapascal (mPa). 

En caso de contacto con especies, durante la prospección sísmica marina, señala que cuando las embarcaciones de apoyo detecten la presencia de las especies referidas, deberán mantener una distancia mínima de cien metros, con el objetivo de evitar una colisión, siempre que dicha acción no represente un riesgo para la seguridad de la embarcación o de lostripulantes.

Pero, si hay un caso de choque con especies, el regulado deberá informar el tipo de embarcación involucrada, el nombre, la velocidad (nudos), rumbo, operación realizada y medias que puso en marcha para evitar el incidente.

La presente Norma fue elaborada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, con la colaboración de la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y la Comisión Nacional de Hidrocarburos, entre otros. 

El organismo recordó que el 28 de febrero de 2023, se publicó en el DOF el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, en el cual la Asea inscribió por primera vez como la Propuesta de Norma Oficial Mexicana, Prospecciones Sísmicas marinas para el Reconocimiento y Exploración Superficial.

Fuente: La Jornada

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