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Impugnará FGR prisión domiciliaria otorgada a Murillo Karam

La Fiscalía General de la República (FGR) anunció que impugnará la resolución del juez federal que dictó prisión domiciliaria a favor de Jesús Murillo Karam, ex procurador general de la República, y que presentará una queja contra el juzgador en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

La noche del pasado miércoles, José Rivas González, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Norte, modificó la medida cautelar impuesta al ex funcionario, pero solo en el proceso que enfrenta por los presuntos delitos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia, derivados del caso Ayotzinapa.

La dependencia federal señaló que el pasado 1 de noviembre, horas antes de un día feriado y de un puente vacacional, fue notificada por el juez José Rivas para llevar a cabo una audiencia de revisión de medidas cautelares del ex procurador, dándoles menos de dos horas y media de tiempo para realizar los trámites correspondientes.

Durante la diligencia, la FGR aportó diez imputaciones directas, 69 testimoniales, 29 dictámenes periciales, 65 documentales y más de 100 videograbaciones y supuestas pruebas demostrativas, así como el análisis de riesgo procesal emitido por el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI), con objeto de demostrar la gravedad singular de los delitos por los que se está procesando al ex procurador.

Asimismo, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, representante de las víctimas y de sus padres, se adhirió al criterio de la FGR, apoyando la petición de no variar la medida cautelar del procesado.

“…ya que los delitos por los que se acusa a dicha persona y otras más, en contra de los jóvenes desaparecidos de Ayotzinapa, es uno de los crímenes más violentos, desmesurados y brutales en contra de víctimas indefensas, que se haya conocido en nuestro país, en los últimos años”, señaló.

La FGR enfatizó que a pesar de todos los datos y sin que hubiera una causal grave de enfermedad que afectara en forma urgente e inmediata al procesado, ni una desatención médica al respecto, el juez dictó el cambio de medidas cautelares que, por el momento, no permiten la libertad de dicha persona, en razón de otro juicio pendiente.

Fuente: Milenio

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