Una corte japonesa dictaminó que la prohibición del país de los matrimonios entre personas del mismo sexo no viola la constitución, y rechazó las demandas de compensación de tres parejas que dijeron que se había violado su derecho a la unión libre y la igualdad.
El fallo del Tribunal de Distrito de Osaka es la segunda decisión sobre el tema y no está de acuerdo con un fallo del año pasado de una corte de Sapporo que declaró inconstitucional la prohibición de los matrimonios entre personas del mismo sexo. Subraya qué tan divisivo sigue siendo el tema en Japón, el único miembro del Grupo de los Siete principales países industrializados que no reconoce las uniones entre personas del mismo sexo.
En su fallo, el tribunal de Osaka rechazó la demanda de los demandantes de un millón de yenes (7 mil 400 dólares) en daños por pareja por la discriminación que enfrentan.
Los demandantes —dos parejas de hombres y una de mujeres— se encontraban entre las 14 parejas homosexuales que presentaron demandas contra el gobierno en cinco ciudades importantes: Sapporo, Tokio, Nagoya, Fukuoka y Osaka, en 2019, por violar los derechos de unión libre e igualdad.
Argumentaron que han sido discriminados ilegalmente al ser privados de los mismos beneficios económicos y legales que disfrutan las parejas heterosexuales a través del matrimonio.
El apoyo a la diversidad sexual ha crecido lentamente en Japón, pero aún faltan protecciones legales para las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero. La población LGBTQ a menudo enfrenta discriminación en la escuela, el trabajo y el hogar, lo que hace que muchos oculten su identidad sexual.
Los grupos defensores de derechos habían presionado para que se aprobara una ley de igualdad antes de los Juegos Olímpicos de Tokio del verano pasado, cuando la atención internacional se centró en Japón, pero el proyecto de ley fue anulado por el partido gobernante conservador.
Fuente: Milenio