Síguenos en nuestras redes

Hola, ¿que estas buscando?

NV Noticias

Política

Propone Magistrado frenar “decretazo” durante revocación de mandato

Foto: Twitter @lopezdoriga

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), hizo público su proyecto de resolución de la próxima sesión de este órgano en el que propone la inaplicabilidad del decreto de interpretación, conocido como “decretazo”, para la consulta popular de revocación de mandato que se llevará a cabo el próximo 10 de abril.

En el proyecto se propone confirmar el acuerdo ACQyD-INE-42/2022 de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) y que fue impugnado por Morena.

En este documento, Felipe de la Mata Pizaña recuerda que el pasado 17 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en los artículos 449, numeral 1, incisos b), c), d) y e) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 33, párrafos quinto, sexto y séptimo y 61 de la Ley Federal de Revocación de Mandato”, el cual entró en vigor al día siguiente.

“Lo anterior es relevante en la medida en que la presente controversia reside, precisamente, en determinar si el actuar de la Comisión de Quejas fue conforme a Derecho al considerar que las publicaciones de Morena difundieron contenido cuya difusión está prohibida al constituir propaganda gubernamental, en el contexto del desarrollo del actual proceso de revocación de mandato”, definió el magistrado.

“De lo anterior, este órgano jurisdiccional estima que al pretender hacer una ‘interpretación auténtica’ del concepto de propaganda gubernamental, el legislador transgredió los dos límites que la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido para esta acción legislativa”.

“El Decreto de interpretación auténtica es inaplicable. Visto lo anterior, es claro que el Decreto de interpretación auténtica no es una instancia válida de derecho aplicable, ya que: i) No realiza una interpretación auténtica del término “propaganda gubernamental” que pretenda aclarar su significado, sino que excede el ejercicio de dicha facultad al establecer una excepción sobre quién puede emitir propaganda gubernamental en el contexto de un proceso de revocación de mandato. ii) Con lo anterior, se contraria al texto del artículo 35, fracción IX, apartado 7° de la Constitución, el cual no prevé excepción alguna para la difusión de propaganda gubernamental por parte de las personas servidoras públicas en los procesos de revocación de mandato”, señaló.

Fuente: El Universal

Click para comentar
0 0 votes
Article Rating
Subscribe
Notify of
guest
0 Comments
Inline Feedbacks
View all comments

También te puede interesar

Política

Andrés Manuel López Obrador incluirá en su paquete de reformas, una iniciativa para reducir el porcentaje de participación requerido para que el resultado de la...

Política

El Congreso de Baja California Sur aprobó las modificaciones a la Constitución del estado para incluir la figura de Revocación de Mandato para el titular del Poder Ejecutivo...

Nacional

Trabajadores de casinos y lideres de sindicatos a nivel mundial alertaron sobre el decreto que prepara la Secretaría de Gobernación (Segob) a diversas disposiciones...

Política

A pesar de tratarse de un ejercicio que debe ser impulsado desde la ciudadanía, el gobierno federal presumió en el Quinto Informe la celebración...

Advertisement
0
Would love your thoughts, please comment.x
()
x