La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) realizar la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador de manera eficiente, tanto como lo permita su presupuesto, e impidió ejecutar cualquier resolución de responsabilidad penal o administrativa contra los integrantes del Consejo General de este órgano autónomo por la organización de este ejercicio.
Ayer, un ministro de la Corte notificó un acuerdo con el que modificó la suspensión concedida al INE en la controversia constitucional que promovió contra la reducción presupuestal para este año aprobada por la Cámara de Diputados y en la que alegó que no tenía recursos suficientes para organizar la consulta.
La suspensión del 10 de diciembre de 2021 ordenaba al INE organizar la consulta pública con los recursos que tiene asignados y negó proteger a sus funcionarios contra cualquier responsabilidad en la que pudieran incurrir ante la imposibilidad de concretar el proceso.
Sin embargo, en la modificación de este 2 de febrero la Corte ordenó al INE realizar la consulta de manera eficiente, tanto como lo permita su presupuesto, e impidió ejecutar cualquier resolución de responsabilidad contra sus funcionarios.
“Se modifica la suspensión decretada el 10 de diciembre de 2021, solicitada por el Instituto Nacional Electoral, para que lleve a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado, así como para que no se ejecute la resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho instituto”, indica el acuerdo de la Corte.
La modificación fue acordada después de que el INE presentó ante la Corte copia de la denuncia presentada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, contra los consejeros electorales, luego de que éstos aprobaron un acuerdo que aplazaba indefinidamente el proceso de revocación de mandato.
El acuerdo de aplazamiento fue impugnado por la Cámara de Diputados y el Ejecutivo federal ante la Corte, donde se concedieron suspensiones para dejar sin efectos la determinación del INE.Sin embargo, antes de que 2021 concluyera el acuerdo del INE fue revocado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En enero pasado, el ministro presidente Arturo Zaldívar consideró que la resolución del TEPJF puede llevar al sobreseimiento de la impugnación de la Cámara de Diputados contra el acuerdo del INE. Sin embargo, la controversia constitucional del INE contra el Presupuesto de Egresos de la Federación 2022 seguirá en trámite, pues los actos que reclamó subsisten.
El INE reclamó que en el presupuesto se estableció una reducción salarial de sus altos mandos, pero la Corte le concedió la suspensión, conforme a los criterios previamente establecidos, para que los funcionarios de dicho organismo mantengan los sueldos.
Fuente: El universal
