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Inai acusa a Cofepris de incumplir con solicitudes de información

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) advirtió que se ha vuelto una práctica recurrente de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) incumplir con las solicitudes de información que se le requieren, alegando diversos argumentos. 

Al solicitar la entrega de una  copia del Certificado ISO13485 o documento equivalente a nombre de un fabricante extranjero, que fue adjuntado a un trámite de solicitud de registro sanitario para un dispositivo médico y presentar el caso ante el pleno, el comisionado Adrián Alcalá Méndez advirtió que se ha vuelto una práctica recurrente de la Cofepris notificar una prórroga para atender las solicitudes, utilizar respuestas genéricas clasificando la información, omitir la entrega del acta del Comité de Transparencia por la que se aprueba dicha clasificación, no presentar alegatos ni atender requerimientos formulados por las ponencias e incumplir las resoluciones del Instituto. 

“Hago un llamado a la Cofepris para que dé cumplimiento puntual a cada una de sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, ya que su actuar incorrecto e injustificado conlleva un perjuicio directo al derecho de acceso a la información, un derecho humano que debemos garantizar en este Instituto”, expresó.

Alcalá Méndez expuso que, de acuerdo con los registros del Inai, en 2021, se emitieron 918 resoluciones en contra de la Cofepris con alguna instrucción, de las cuales 494 se cumplieron; 10 fueron impugnadas por considerarse que involucran situaciones de seguridad nacional; 78 se atendieron con posterioridad a la denuncia presentada por incumplimiento ante el Órgano Interno de Control (OIC); ocho se encuentran en trámite; 20 se determinaron incumplidas; 251 cuentan con una denuncia ante el OIC por incumplimiento y 57 están en proceso de ser denunciadas por la misma situación.

Es respuesta a quien solicitó el documento, la Cofepris clasificó la información como confidencial, argumentando que su difusión revelaría datos personales y vulneraría el secreto industrial. 

Inconforme, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el Inai, mediante el cual señaló que la información requerida no se encuentra contemplada en ninguno de los supuestos de confidencialidad, pues se relaciona con registros sanitarios de insumos médicos utilizados en la población mexicana, lo cual es de interés público. 

A fin de allegarse de mayores elementos sobre las características y el contenido del documento, la ponencia del comisionado Alcalá Méndez formuló un requerimiento de información adicional; sin embargo, la dependencia fue omisa tanto en manifestar alegatos como en atender la petición del Instituto. 

“Con ello se contraviene el artículo 153 de la Ley Federal de Transparencia, el cual establece con claridad que, en todo momento, las y los comisionados podemos tener acceso a la información clasificada justo para determinar su naturaleza y que los sujetos obligados tienen el deber de facilitarla para mejor proveer”, señaló. 

De acuerdo con la legislación aplicable en el análisis del caso, se advirtió que el documento solicitado es un certificado de gestión de calidad para equipo médico, emitido en cumplimiento a la normativa de calidad para productos sanitarios, mejor conocido como ISO13485, a través del cual se regula a los equipos de uso médico. 

Fuente: El Universal

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