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IMSS suma 225 dictámenes de discapacidad permanente por ‘covid largo’

El médico Francisco recordó aquellas palabras de su colega mientras lo revisaba de urgencia: “usted tiene más del 80 por ciento de probabilidad de morir; están lesionados ambos pulmones”.

Su dictamen: fibrosis en pulmones que disminuyó su capacidad de respiración y lo ató de por vida a un tanque de oxígeno.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha tramitado 225 dictámenes de discapacidad permanente por las severas secuelas causadas por covid-19 durante 2020 y hasta el 18 de febrero de 2021, siendo los trabajadores de la salud los más afectados.

La Coordinación de Salud en el Trabajo de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, del IMSS, respondió que de los 225 dictámenes por secuelas de covid, 24 son incapacidades permanentes correspondientes al año 2020.

En tanto en 2021, la dependencia informó que 180 personas calificaron como incapacidades permanentes y 21 obtuvieron el dictamen de invalidez. Todas por covid-19.

En el numeral II, fracción VII del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS se considera como enfermedad a toda alteración física o mental en el individuo, provocada por una lesión orgánica o funcional, permanente o transitoria, causada por trastornos metabólicos, agentes físicos, químicos, biológicos o psicosociales, que puede o no imposibilitarlo para el desempeño de su trabajo o actividades de la vida diaria y que requiere de la atención médica para su prevención, curación, control o rehabilitación.

La incapacidad permanente se otorga al asegurado que sufre una enfermedad o un accidente en el ejercicio de su trabajo, propiciando una disminución, pérdida o aptitudes de sus facultades para laborar.

La persona, después de 52 semanas de incapacidad por riesgo de trabajo, percibe un subsidio del 100 por ciento de sus ingresos, de acuerdo con la ley.

Si las autoridades determinan que la incapacidad es permanente, la ley puede otorgarle el 100 por ciento de sus ingresos. En este rubro se encuentran los trabajadores de la salud, desde médicos y enfermeras, demás profesionales.

Un dictamen médico de invalidad califica cuando el derechohabiente presenta una enfermedad no profesional; sin embargo, la persona está imposibilitada de trabajar o de hacer sus actividades.

El dictamen se otorga en un plazo máximo de un año de incapacidad, con prórroga de 26 semanas. Se puede otorgar antes dependiendo de la situación: si esa persona, por ejemplo, se cayó de la azotea y queda parapléjico, es evidente que no puede laborar y puede darse antes el dictamen.

El médico extiende la constancia de invalidez temporal dependiendo de la rehabilitación, mejoría o recuperación de habilidades. Se dictamina que es invalidez definitiva cuando ya no hay posibilidad de mejora.

La pensión puede llegar hasta el 60 por ciento de lo que percibía durante el último año laboral; asimismo, alcanzar el 35 por ciento considerando los últimos cinco años.

Puede ser que la persona cuente con un dictamen, pero no cumpla con los requisitos de las 250 semanas laboradas; en ese sentido, la determinación médica existe, pero no así la pensión.

Fuente: Milenio

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