Por quinta vez en un mes, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó imponer medidas cautelares contra el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Por unanimidad, la comisión ordenó la modificación o eliminación de todas las plataformas oficiales de la conferencia matutina del pasado 26 de julio, en la que el Mandatario mostró encuestas que favorecen a Morena de cara al proceso electoral federal de 2024.
Además, se aprobó una tutela preventiva, a fin de que el Titular del Ejecutivo federal evite realizar o emitir manifestaciones relacionadas con el proceso electoral de 2024, al considerar que se pueden vulnerar los principios de neutralidad e imparcialidad.
El presidente López Obrador expresó en dicha conferencia que “ojalá y me entiendan los del INE y el Tribunal Electoral [del Poder Judicial de la Federación], que no me vayan a sancionar, pero es muy importante que se sepa que no existe ningún fenómeno político que pueda implicar el que se frene, se detenga, sea derrotada la transformación”.
En este contexto, la consejera del INE Claudia Zavala subrayó que no hay ninguna censura a la libertad de expresión, sino que se está aplicando el cumplimiento del deber de un servidor público de alto nivel.
“Pedir que se entienda desde el INE o el tribunal no tiene ningún significado porque no es de entendimiento, porque es hacer eficaz lo que dice la Constitución”, sostuvo.
Enfatizó que esta nueva medida constituye un exhorto al cuidado de los procesos electorales, por lo que hizo un llamado a no generar condiciones de tensión en el sistema y en la sociedad.
En ese sentido, la consejera Rita Bell López reiteró que no es una persecución de parte de las autoridades electorales, sino que se trata de la aplicación de la Constitución.
La Sala Especializada del Tribunal Electoral será la encargada de estudiar el asunto de fondo, es decir, si las expresiones del presidente Andrés Manuel López Obrador constituyeron violaciones a la ley electoral y los principios constitucionales.
En caso de confirmarse la existencia de las infracciones, puede ordenarse la inscripción de su nombre en el registro de sujetos sancionados de la Sala Especializada, aunque no constituye una sanción.
Al tratarse del servidor público de más alto nivel en el país, la ley tampoco contempla una sanción por violación a la ley electoral para el Presidente de la República.
Fuente: El Universal
