Jesús Utrilla / NV Noticias
Las versiones que advierten sobre supuestas multas del SAT por realizar tandas o transferencias electrónicas carecen de sustento legal y generan confusión entre los contribuyentes, pues no existe una sanción directa por este tipo de operaciones, señaló Ramón Ortega Díaz, presidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) en Veracruz.
Aclaró que sí hay obligaciones de reporte cuando se trata de depósitos en efectivo que rebasan ciertos montos, pero lo que realmente se activa es un mecanismo de información por parte de las instituciones financieras cuando los depósitos en efectivo superan los 15 mil pesos mensuales, sin que ello implique automáticamente una multa.
“Estas fake news como tal son falsas. Lo que sí tenemos es que todo depósito en efectivo que se realice y que en el mes sume arriba de 15 mil pesos, los bancos están obligados a informarle al SAT. Es una obligación de las instituciones financieras, de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se activa independientemente de que sea uno o varios depósitos, porque la persona es la que recibe el efectivo”.
Dijo que este esquema suele confundirse con el extinto Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), eliminado desde hace más de una década, el cual sí contemplaba retenciones y sanciones. Sin embargo, actualmente no existe ese gravamen, aunque sí revisiones posteriores cuando no se puede acreditar el origen del dinero recibido en efectivo.
Ortega Díaz recomendó privilegiar las transferencias electrónicas y documentar adecuadamente operaciones como préstamos familiares, apoyos entre padres e hijos o donativos, a fin de evitar problemas en eventuales revisiones fiscales, ya que las transferencias no activan el reporte automático bancario.
“No hay multas por hacer transferencias, pero sí hay que documentarlas lo mayormente posible. Hemos atendido casos donde, al no poder demostrar el origen del dinero en efectivo, se bloquean cuentas bancarias. Por eso la recomendación es no depositar en efectivo y contar con contratos de préstamo, donativos o cualquier respaldo, porque ante una revisión la autoridad necesita saber de dónde provino ese recurso”.
Dijo que en caso de enfrentar algún requerimiento del SAT, los contribuyentes pueden apoyarse en especialistas fiscales o acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
