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Publica DOF modificación a estatuto del INPI

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue publicado hoy el Acuerdo por el que se modifica el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), que data de marzo de 2019. El Acuerdo entrará en vigor mañana.

En el escrito se señala que el director general de la institución, Adelfo Regino Montes, tendrá atribuciones adicionales a las que ya desempeña. Entre ellas: dirigir la organización y funcionamiento de las Oficinas de Representación y de los Centros Coordinadores del INPI y establecer acciones para la colaboración, coordinación y concertación de esas Oficinas con las representaciones de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipales, así como con los pueblos indígenas y afromexicano.

De igual forma tendrá que dirigir la atención de las solicitudes realizadas por los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, sus autoridades y representantes y público en general, para canalizarlas a las Unidades Administrativas del INPI o a las instancias competentes de los tres órdenes de gobierno.

Asimismo, convocar y dirigir las sesiones de la Asamblea Directiva para el análisis y deliberación de asuntos relevantes de la Institución que permitan una adecuada toma de decisiones, y autorizar, dirigir, coordinar y verificar las actividades de comunicación social y del Sistema de Radiodifusoras Culturales Indígenas para que las difusiones o transmisiones del INPI se ajusten a las disposiciones que para tales efectos emitan las autoridades competentes,

El Acuerdo establece que entre las competencias de la Coordinación General de Administración y Finanzas del INPI está autorizar los nombramientos y movimientos del personal, así como la terminación de la relación laboral, administrar las políticas laborales contenidas en el contrato colectivo de trabajo, así como representar y conducir las relaciones del INPI con el Sindicato Nacional de Trabajadores Indigenistas.

También corresponde a esa instancia administrar el Servicio Profesional de Carrera del INPI y proponer al director general modificaciones al Estatuto del Servicio Profesional de Carrera del Instituto y autorizar el otorgamiento de licencias, estímulos, recompensas y prestaciones que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables, así como imponer sanciones por incumplimiento a sus obligaciones en materia laboral al personal del Instituto.

Entre sus competencias está presentar propuestas de modificación de los tabuladores de sueldos y esquemas de prestaciones aplicables al personal del Instituto y solicitar su autorización y registro ante las instancias correspondientes y administrar los bienes muebles e inmuebles a cargo del Instituto.

Fuente: La Jornada

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