El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Fiscalía General de la República (FGR) dar a conocer si impugnó la resolución emitida por un Tribunal Federal, en septiembre de 2023, mediante la cual anuló una serie de pruebas con las que se buscaba acreditar la entrega de sobornos de parte de la empresa Odebrecht a Emilio Lozoya, en la carpeta de investigación FED/SEIDF/IGI-CDMX/0000117/2017.
Al respecto, la FGR deberá especificar el número de procedimiento iniciado, el tribunal donde se tramita y el estado actual.
“El tema que hoy se aborda está relacionado a los pormenores legales del proceso penal del caso Odebrecht, el cual, ha sido parte del orden del día de múltiples sesiones de este Pleno, donde este colegiado ha revocado una y otra vez las respuestas de los sujetos obligados diversos a los que se les pregunta información, con la finalidad de que se busque adecuadamente lo que se requirió, o bien, en el sentido de declarar la improcedencia de la clasificación en su modalidad de reserva, por relacionarse con actos de corrupción”, subrayó el comisionado presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez.
Expuso que, en distintos casos relacionados con el tema, el INAI ha aplicado la excepción a la reserva referente a actos de corrupción y como órgano garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, ha tenido que ponderar estos derechos, aplicando una prueba de interés público, como lo prevé el artículo 117 de la Ley Federal de Transparencia, para determinar, con base en los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, qué información se debe dar a conocer y cuál se debe proteger, de manera temporal, si es reservada, o de manera permanente, si es confidencial.
Alcalá Méndez sostuvo que la apertura de información reservada o confidencial, aunque esté relacionada con actos de corrupción, debe estar sujeta a la aplicación efectiva de diversos mecanismos legales complejos que cuentan con requisitos y metodologías, incluyendo una ponderación efectiva, y “no a caprichos, rencillas o intereses políticos temporales”.
Fuente: El Universal
