Jesús Utrilla / NV Noticias
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) suspendió sellos a contribuyentes omisos, es decir, a los contribuyentes que no están cumpliendo con los requerimientos de la autoridad fiscal.
Según el contador Ramón Ortega Díaz, los sellos son herramientas fundamentales para la emisión de facturas, y sin ellos, las operaciones fiscales se ven obstaculizadas. Sin embargo, los contribuyentes cuentan con un plazo de 40 días para atender los requerimientos del SAT.
“Aquí la recomendación es que siempre que reciban un correo invitación se atienda, porque luego no se atiende, tienen miedo, desconocimiento y entonces esto se vuelve una restricción de sellos y la restricción de sellos es una facultad que tiene la autoridad para que el contribuyente se corrija.”
Ortega Díaz enfatizó la importancia de responder a cualquier aviso recibido por parte de la autoridad fiscal, ya sea un correo electrónico, una carta o incluso una entrevista. Ignorar estos requerimientos puede resultar en la restricción de sellos, una medida que el SAT utiliza para presionar a los contribuyentes a corregir su situación fiscal.
“Son quienes tienen diferencias en los CFDI, que no han cumplido con sus declaraciones, simplemente es aclarar por parte del contribuyente ante la autoridad, se hace la aclaración y empieza a caminar, inclusive si hay más información que solicita la autoridad se puede hacer por esa vía y se solventa, hay que tener el cumplimiento en tiempo, no hay que dejarlo de lado”.
Además, advirtió que aquellos contribuyentes que hagan caso omiso a las solicitudes de la autoridad podrían enfrentar sanciones, multas e incluso la cancelación de sus sellos fiscales.