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Prohíbe TEPJF emitir propaganda de gobierno en “mañanera” de AMLO en campañas

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) definió criterios en los que prohíbe que, en las conferencias de prensa, tanto del presidente Andrés Manuel López Obrador como de cualquier otro servidor público, se difundan logros de gobierno, datos o estadísticas de actividades o programas gubernamentales e información que tenga el fin de generar una imagen positiva ante la ciudadanía durante periodos electorales.

El único contenido que se puede emitir en las conferencias deberá ser de carácter institucional y tendrá que abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos considerador propaganda política o electoral, y deberá tener fines informativos de servicios educativos y de salud o los necesarios para la protección civil en casos de emergencia.

Con los criterios incluidos en la sentencia, se prioriza el análisis del contenido de los mensajes gubernamentales por encima de si la transmisión de las conferencias mañaneras es íntegra o parcial.

El proyecto de sentencia -que resuelve la impugnación a una resolución de la Sala Regional Especializada en contra de concesionarias públicas por haber transmitido de manera íntegra conferencias matutinas del Presidente en periodos prohibidos- fue presentado en sesión pública virtual por el magistrado Felipe Fuentes Barrera y aprobado por unanimidad de los siete magistrados de la Sala Superior del TEPJF.

De manera particular, el magistrado presidente José Luis Vargas y la magistrada Mónica Soto emitieron votos concurrentes en lo relacionado con los criterios relacionados a los servidores públicos, pues consideró que las actuaciones de éstos deberán analizarse caso por caso, en cuanto ocurran las supuestas infracciones.

La sentencia establece un decálogo de acciones permitidas y prohibidas tanto para los medios de comunicación, a los que se les prohíbe difundir propaganda gubernamental y para ello, le fija la responsabilidad de analizar el contenido de los mensajes de los actores gubernamentales, como para los servidores públicos, a los que se les prohíbe emitir propaganda gubernamental o promoción personalizada en los mensajes de las conferencias de prensa a las que convoquen durante periodos de campañas electorales o en el día de los comicios.

Fuente: Milenio

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