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¿Cambio de régimen?

Con mi solidaridad para José Ramón Cossío.

Sólo el futuro da un sentido al pasado, lo que nosotros dejaremos a nuestros hijos determina el valor de la vida que habremos vivido.

Jacques Attalí

Recientemente, el presidente López Obrador declaró: “Durante el periodo neoliberal, para que no se centrara la atención en el saqueo, en la corrupción, los dueños del mundo permitieron y veían hasta con buenos ojos, alentaban movimientos justos, pero no centrales; o sea, puedes hablar del cambio climático (…), de la defensa de los derechos humanos, pero no quieres cambiar al régimen”. No están en su agenda temas relevantes que sí forman parte hoy de los objetivos trascendentes de todas las naciones. Su más importante tarea es cambiar al régimen. Empecemos por definir qué significa y qué tipo de régimen es el Estado mexicano.

Su definición es muy escueta: “Forma de gobierno por el que se rige un país. Conjunto de normas que organizan el poder público”. El término sistema significa un conjunto de órganos que se coordinan para desempeñar una función. Por lo tanto, el género próximo de régimen es sistema y hay tres tipos: monarquía, aristocracia y democracia. En esta última encontramos dos: régimen presidencial y régimen parlamentario.

Don Daniel Cosío Villegas consideraba que el sistema político mexicano tenía dos piezas fundamentales: un presidencialismo exacerbado, ejercido con facultades metaconstitucionales (Jorge Carpizo dixit) y un partido hegemónico que, imbricado con el gobierno, simulaba elecciones, las cuales ganaba con una fachada de legitimidad. México inició una transición que cambió esa situación y enrumbó hacia el texto constitucional que contiene los elementos que deben regir nuestra vida política. Repasemos algunas ideas básicas:

Artículo Primero: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos”.

Artículo Tercero: “…la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen jurídico, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.

Artículo 17: “Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar su derecho”.

Artículo 25: “La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleos (…) Al desarrollo económico nacional concurrirán con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado (…) Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional”.

Artículo 40: “…una república representativa, democrática, laica y federal”.

Artículo 49: “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un individuo”.

Artículo 80: “Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo”.

En este arbitrario repaso a nuestra Carta Magna están los elementos para inferir qué clase de sistema debemos ser: régimen presidencial con una economía de mercado y la rectoría del Estado. Hacia allá íbamos. Eso es lo que el Presidente se propone cambiar. Por sus numerosas y extensas intervenciones, se puede inferir que dos son sus principales objetivos:

R Disminuir pobreza y desigualdad. A prácticamente la mitad del sexenio, puede afirmarse que éste concluirá peor que como inició.

R Combatir la corrupción. En las intenciones presidenciales, con la erradicación de la deshonestidad en el manejo de los recursos públicos, se habrá consumado un cambio de régimen. Son innumerables las costosísimas decisiones tomadas con ese motivo. La percepción ciudadana, sin embargo, es que no han disminuido nuestras prácticas ilegales y nuestros niveles de impunidad.

¿Qué sigue? En varios momentos nos desviamos de lo que varias generaciones concibieron. Cerrar la brecha entre el México legal y el real sería un buen recomienzo.

JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ PRATS

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