Jesús Utrilla – NV Noticias
La violencia ejercida contra las mujeres no se limita al ámbito de la pareja sentimental, sino que también puede manifestarse dentro del núcleo familiar, incluso de hijos hacia madres, advirtió la abogada Martha Márquez, especialista en materia de género.
La jurista explicó que el Código Penal del Estado de Veracruz establece que el delito de feminicidio se configura cuando existen causas de género, entre las cuales se incluye la relación de parentesco por consanguinidad o afinidad entre la víctima y el agresor, un supuesto que muchas veces es desconocido por la ciudadanía.
Señaló que, bajo esta figura legal, los responsables pueden enfrentar penas que van de los 40 a los 70 años de prisión, además de sanciones adicionales como la pérdida de derechos sucesorios, lo que impide heredar bienes o ejercer cualquier otro derecho sobre la víctima, aun cuando exista un testamento.
“La violencia de género no ocurre únicamente en el ámbito de la pareja, el Código Penal de Veracruz establece que cuando existe una relación de parentesco, incluso entre madre e hijo, y hay causas de género, el delito puede configurarse como feminicidio, con sanciones severas y pérdida de derechos sucesorios.
Indicó que persisten estereotipos y roles de género que normalizan la violencia dentro del hogar, particularmente hacia las madres, a quienes socialmente se les impone la obligación de cumplir con un modelo de “buena madre” abnegada y siempre disponible. Cuando estas expectativas no se cumplen, explicó, pueden generarse contextos de violencia extrema.
Dijo que es importante visibilizar estas formas de violencia, así como de difundir el alcance de la legislación vigente, con el objetivo de fortalecer la prevención, la denuncia oportuna y el acceso a la justicia para las mujeres en todos los ámbitos de su vida.
