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La reforma a la ley de amparo busca abatir la impunidad

Edgard González Suárez

La reforma a la Ley de Amparo propuesta por el Gobierno de Claudia Sheinbaum, busca impedir el uso del amparo como herramienta de defensa constitucional, específicamente en lo referente a la suspensión de actos reclamados, el interés legítimo y la ejecución de sentencias.

En nuestro país la impunidad ha sido históricamente el fango de los poderosos, de los ricos y de quien tiene contactos o relaciones para poder evadir la justicia. La reforma promovida por el Gobierno de Claudia Sheinbaum pretende un cambio significativo dentro de la lógica de la persecución de los delincuentes de cuello blanco, el crimen organizado y la corrupción política. La derecha desarticulada ha insistido en que representa un ataque a las garantías individuales, incluso, hay voceros de la derecha que claman que es la demolición de este instrumento jurídico, con el único propósito de instaurar una dictadura.

Sin embargo, esta reforma pretende convertirse en una herramienta eficaz para combatir a los verdaderos intocables: los delincuentes de cuello blanco -delitos financieros, lavado de dinero, fraudes corporativos, evasión de impuestos-, las redes del crimen organizado -extorsión, secuestro, homicidio, feminicidio, la trata y el tráfico de narcóticos, y también a los funcionarios corruptos que han instrumentalizado el amparo como un escudo político y una declarada evasión de la justicia.

Sin embargo, en los últimos 30 años, su uso ha sido distorsionado por las élites económicas y políticas que lo han convertido en un mecanismo para frenar investigaciones, congelar órdenes de aprehensión y obstaculizar reformas estructurales.

La reforma lo que busca, es precisamente, limitar ese abuso: restringe la suspensión de actos reclamados cuando se impugnan leyes generales, evitando que un solo juez pueda frenar la aplicación de reformas clave en materia penal, fiscal o administrativa.

Esta modificación no elimina el juicio de amparo, pero sí impide que se utilice como herramienta de sabotaje institucional.

Uno de los grandes obstáculos en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción ha sido la capacidad de los imputados para frenar su proceso penal mediante suspensiones provisionales. Las suspensiones provisionales dejan sin efecto la acción de la autoridad, de manera inmediata, protegiendo al quejoso de un acto que después ya no podría repararse. Muchos jueces de distrito otorgan suspensiones provisionales a cambio de fuertes cantidades de dinero, lo que entorpece no solo la acción de la justicia, sino que impone a los actores una definición que podría terminar en una larga impunidad. Con la reforma, se fortalece la capacidad del Estado para ejecutar órdenes judiciales sin que éstas queden congeladas por tiempo indefinido. Esto es especialmente relevante en casos de lavado de dinero, desvío de recursos públicos o colusión entre autoridades y grupos criminales.

Otro componente de la reforma sujeto a debate tiene que ver con el concepto de “interés legítimo”, la reforma evita que terceros sin vínculo directo con el caso puedan interponer amparos que dilaten procesos clave. Esto no excluye la participación ciudadana, pero sí acota el uso estratégico del amparo como táctica de obstrucción.

Para la oposición al gobierno, esta medida tira por la borda todo el espíritu del Amparo, porque anula la capacidad de terceros de recurrir al amparo o impediría a un colectivo, grupo de interés o asociación a beneficiarse de un amparo ya concedido.

Para el gobierno, La iniciativa presidencial busca restringir o acotar el interés legítimo, exigiendo que la afectación sea:

•          Real y diferenciada del resto de las personas, y

•          Que la anulación del acto genere un beneficio cierto, no hipotético.

Esto, sin duda, podría excluir a colectivos que hoy tienen una legitimación funcional, debilitando el papel del amparo como herramienta de defensa colectiva por su carácter generalizado, cierto el “interés legítimo” queda restringido, acotado, pero no se anula, se acota y hace funcional el uso jurídico de la reforma y no el uso político de la misma.

La reforma también incluye medidas -como la digitalización- para simplificar y acelerar el proceso y la resolución de juicios de amparo. Esto sin duda ayuda a los verdaderos afectados, y sobre todo a aquellos que no tienen los recursos para pagar despachos, abogados, juicios, audiencias, etc.

La Reforma tiene riesgos, los tiene, pero estos riesgos siempre son menores a seguir viviendo en la impunidad.

La implementación de la reforma debe hacerse con responsabilidad lo que marcará el inicio de una nueva etapa: una en la que el juicio de amparo deje de ser el escudo de los corruptos y se convierta nuevamente en un instrumento de la justicia social y ciudadana.

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