Síguenos en nuestras redes

Hola, ¿que estas buscando?

NV Noticias

Política

Suprema Corte desecha maniobra de Salinas Pliego para evadir deuda fiscal millonaria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó por primera vez dos solicitudes de impedimento promovidas por Grupo Elektra, recursos legales utilizados por empresas de Ricardo Salinas Pliego que han retrasado juicios en los que se reclama el pago de más de 35 mil 450 millones de pesos en impuestos.

Durante los últimos meses, hasta marzo pasado, la presidencia de la Corte ha aceptado y turnado a ministros más de 47 recursos de impedimento, reclamación y competencia promovidos por las empresas del magnate.

Las nuevas solicitudes buscaban que las ministras Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf y Margarita Ríos Farjat se abstuvieran de conocer dos asuntos de Grupo Elektra, pero fueron desechadas por notoria improcedencia.

Mediante el expediente 28/2025, la empresa solicitó al alto tribunal declarar a la ministra Batres legalmente impedida para conocer del recurso de reclamación 544/2024, radicado en la segunda sala.

Se desecha por notoriamente improcedente el presente impedimento, resolvió la ministra presidenta, Norma Piña.

Anteriormente, la primera y segunda salas ya habían declarado a Batres impedida de conocer dos amparos relacionados con Salinas Pliego: uno para evitar un adeudo fiscal superior a mil 431 millones de pesos, y otro con el fin de que no participara en un juicio que impugna la solicitud de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y obtener su información patrimonial a través de entidades financieras y casas de bolsa.

La segunda solicitud de Elektra que fue rechazada ayer pidió declarar impedidas a las ministras Loretta Ortiz y Margarita Ríos Farjat de conocer el impedimento 30/2024, relacionado con el amparo directo en revisión 5654/2024, vinculado con un crédito fiscal de mil 431 millones 466 mil 606 pesos.

En marzo pasado la segunda sala multó a la empresa de Salinas Pliego al rechazar uno de sus impedimentos, pues determinó que existen elementos suficientes que demuestran que la promoción de la recusación de Elektra fue dirigida a entorpecer o dilatar el procedimiento en cuestión (el amparo), según el artículo 250 de la Ley de Amparo.

Fuente: La Jornada

Click para comentar
0 0 votes
Article Rating
Subscribe
Notify of
guest
0 Comments
Inline Feedbacks
View all comments

También te puede interesar

Nacional

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó de su sitio oficial la información sobre sueldos, tabuladores mensuales y prestaciones de sus funcionarios. Hasta...

Nacional

La Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN) compró a sus ministros una Jeep Grand Cherokee último modelo con valor superior a los 1.7 millones...

Política

El empresario Ricardo Salinas Pliego tiene esta semana para liquidar su adeudo de impuestos, que suma más de 51 mil millones de pesos, se...

Política

El gobierno federal ya notificó formalmente al empresario Ricardo Salinas Pliego que debe cubrir los adeudos fiscales que arrastra, a partir de que la...

Advertisement
0
Would love your thoughts, please comment.x
()
x