{"id":134994,"date":"2024-01-08T08:00:01","date_gmt":"2024-01-08T14:00:01","guid":{"rendered":"https:\/\/nvnoticias.mx\/?p=134994"},"modified":"2024-01-08T08:00:02","modified_gmt":"2024-01-08T14:00:02","slug":"pension-jubilatoria-del-100-para-las-personas-mayores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nvnoticias.mx\/index.php\/2024\/01\/08\/pension-jubilatoria-del-100-para-las-personas-mayores\/","title":{"rendered":"Pensi\u00f3n jubilatoria del 100% para las personas mayores"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Gladys de L. P\u00e9rez Maldonado<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Federaci\u00f3n Iberoamericana de Asociaciones de Personas Adultas Mayores (FIAPAM), a trav\u00e9s de diversas publicaciones de materiales de estudio de los derechos de las personas mayores sostiene que&nbsp; existen diversos paradigmas para comprender la vejez y el envejecimiento, ya que ambos procesos aluden a una realidad multifac\u00e9tica atravesada no solo por el paso del calendario, sino tambi\u00e9n por aspectos fisiol\u00f3gicos, sociales y culturales.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, manifiesta que hay que diferenciar los aspectos cronol\u00f3gicos de la definici\u00f3n de vejez de lo que es su construcci\u00f3n social. Seg\u00fan el criterio cronol\u00f3gico, establecido por la mayor\u00eda de los pa\u00edses de la regi\u00f3n latinoamericana en sus respectivas legislaciones, la vejez inicia a los 60 a\u00f1os, frontera que ha variado m\u00e1s en los \u00faltimos tiempos que en toda la historia occidental . A principios del siglo XIX se era viejo a los 40 a\u00f1os, mientras que hoy en d\u00eda la edad a partir de la cual se considera mayor a una persona es dif\u00edcil de determinar taxativamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta Instituci\u00f3n Iberoamericana expone que la definici\u00f3n cronol\u00f3gica de la edad es un asunto sociocultural. Cada sociedad establece el l\u00edmite a partir del cual una persona se considera mayor o de edad avanzada, aunque sin excepciones, la frontera entre la etapa adulta y la vejez est\u00e1 muy vinculada con la edad fisiol\u00f3gica.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;En general, el inicio cronol\u00f3gico de la vejez se relaciona con la p\u00e9rdida de ciertas capacidades instrumentales y funcionales para mantener la autonom\u00eda y la independencia, lo que si bien es un asunto individual, tiene relaci\u00f3n directa con las definiciones normativas que en la cultura se otorga a los cambios ocurridos en el cuerpo, es decir, la edad social.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed las cosas, la vejez puede ser tanto una etapa de p\u00e9rdidas como de plenitud, todo depende de la combinaci\u00f3n de recursos y la estructura de oportunidades individuales y generacionales a las que est\u00e1n expuestas las personas en el transcurso de su vida, de acuerdo a su condici\u00f3n y posici\u00f3n dentro de la sociedad. Esto remite a la conjugaci\u00f3n de la edad con otras diferencias que condicionan el acceso y disfrute de los recursos y oportunidades, tales como el g\u00e9nero, la clase social o el origen \u00e9tnico.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, hay que diferenciar los enfoques que gu\u00edan las interpretaciones de los temas que abordan las leyes, las pol\u00edticas p\u00fablicas y los programas dirigidos a las personas mayores.<\/p>\n\n\n\n<p>De forma com\u00fan, se considera a la vejez&nbsp; como una etapa de carencias de todo tipo: econ\u00f3micas, f\u00edsicas y sociales, las primeras expresadas en problemas de ingresos, las segundas en falta de autonom\u00eda y las terceras en ausencia de roles sociales que desempe\u00f1ar.<\/p>\n\n\n\n<p>De ah\u00ed, que las pol\u00edticas p\u00fablicas y los programas deben promover el empoderamiento de los adultos mayores y una sociedad integrada desde el punto de vista de la edad de las personas. Esto es, las personas mayores son sujetos de derecho, no solamente beneficiarios, que disfrutan de la vida con garant\u00edas y tienen responsabilidades respecto de s\u00ed mismas, su familia, en su entorno inmediato.<\/p>\n\n\n\n<p>El 15 de junio de 2015, la Asamblea de la Organizaci\u00f3n de Estados Americanos (OEA) aprob\u00f3 el texto de la Convenci\u00f3n Interamericana sobre la Protecci\u00f3n de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que es el primer instrumento internacional de su tipo que agrupa y especifica los derechos humanos y principios que deben incluirse en la legislaci\u00f3n y pol\u00edticas p\u00fablicas de cada Estado, cabe decir que es jur\u00eddicamente vinculante para los pa\u00edses signantes, adem\u00e1s de que sienta un importante precedente para otros sistemas de protecci\u00f3n de derechos humanos y otras regiones del mundo.<\/p>\n\n\n\n<p>La Convenci\u00f3n establece una serie de definiciones y alcance de los derechos de las personas mayores como discriminaci\u00f3n, abandono, discriminaci\u00f3n laboral e institucional por edad en la vejez, envejecimiento activo y saludable y tambi\u00e9n define quince principios convencionales entre ellos la promoci\u00f3n y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, la valorizaci\u00f3n de la persona mayor, su papel en la sociedad, la seguridad f\u00edsica, econ\u00f3mica y social, la equidad e igualdad de g\u00e9nero, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Siete a\u00f1os despu\u00e9s <em>&#8211; m\u00e1s vale tarde que nunca- <\/em>el 13 de diciembre de 2022, el Senado de la Rep\u00fablica aprob\u00f3 el dictamen de ratificaci\u00f3n la Convenci\u00f3n Interamericana sobre la Protecci\u00f3n de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, el 28 de marzo de 2023 fue depositado ante la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos en la sede en la OEA en Washington, D.C., Estados Unidos el mencionado instrumento, y entr\u00f3 en vigor para nuestro pa\u00eds a partir del trig\u00e9simo d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>En el evento de conmemoraci\u00f3n del aniversario de la Huelga de los Obreros de R\u00edo Blanco, Veracruz, el presidente de M\u00e9xico, Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador se comprometi\u00f3 ante el Sindicato magisterial y dem\u00e1s personas trabajadoras presentar una iniciativa constitucional de reforma laboral en materia de pensiones, para que una vez que hayan cumplido con los requisitos de jubilaci\u00f3n&nbsp; obtengan este beneficio al 100 % de sus emolumentos y agreg\u00f3 que este compromiso lo hace \u201cen memoria de los m\u00e1rtires de R\u00edo Blanco que lucharon por mejores salarios y condiciones.\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El discurso suena alentador y proteccionista de los derechos humanos de las personas mayores que han dejado treinta o m\u00e1s a\u00f1os de su vida prestando sus servicios a la actividad laboral con apego a la Convenci\u00f3n Interamericana sobre la Protecci\u00f3n de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, sin embargo, surgen algunos cuestionamientos, previo a este compromiso p\u00fablico \u00bfSe realiz\u00f3 un estudio actuarial de las posibilidades reales de cumplirlo? \u00bfDe d\u00f3nde se obtendr\u00e1n los recursos para el pago de las pensiones en ese porcentaje? En caso de ser aprobada por el Congreso de la Uni\u00f3n la reforma laboral en cita \u00bfHay suficiente tiempo para implementarla durante el actual mandato presidencial?&nbsp; O \u00bfLa pr\u00f3xima administraci\u00f3n federal ser\u00e1 la encargada de ejecutarla?.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Usted que nos lee tiene la respuesta\u2026<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gladys de L. 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