{"id":109147,"date":"2023-06-05T11:00:51","date_gmt":"2023-06-05T16:00:51","guid":{"rendered":"https:\/\/nvnoticias.mx\/?p=109147"},"modified":"2023-06-05T11:00:52","modified_gmt":"2023-06-05T16:00:52","slug":"mexico-y-los-derechos-humanos-a-12-anos-de-la-reforma-constitucional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nvnoticias.mx\/index.php\/2023\/06\/05\/mexico-y-los-derechos-humanos-a-12-anos-de-la-reforma-constitucional\/","title":{"rendered":"M\u00e9xico y los Derechos Humanos a 12 a\u00f1os de la reforma Constitucional"},"content":{"rendered":"\n<p><br><strong>Gladys de L. P\u00e9rez Maldonado.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El 10 de junio pr\u00f3ximo se cumplen 12 a\u00f1os de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>En la edici\u00f3n de Alguien como t\u00fa de 13 de junio de 2022 correspondiente a esta conmemoraci\u00f3n, titulada \u00a1Alcemos la voz por una vida en Igualdad y No Discriminaci\u00f3n! consultable en <a href=\"http:\/\/www.billieparkernoticias.com\">www.billieparkernoticias.com<\/a> <a href=\"https:\/\/nvnoticias.mx\">www.nvnoticias.mx<\/a> pusimos en contexto la relevancia de dicha reforma a nuestra Carta Magna se\u00f1alando:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa modificaciones que se hicieron en este rubro a la Constituci\u00f3n General de la Rep\u00fablica en el 2011 tienen como intenci\u00f3n un cambio en el modo de entender las relaciones entre las autoridades y la sociedad, ya que colocan a la persona como el fin de todas las acciones del gobierno.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>La Reforma representa el avance jur\u00eddico m\u00e1s importante que ha tenido M\u00e9xico para optimizar el goce y ejercicio de los Derechos Humanos.<br>Debemos puntualizar los cambios con la reforma, por que \u201clo que no se menciona\u2026se olvida\u2026\u201d.<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>Con ella, se incorporaron todos los Derechos Humanos de los Tratados Internacionales como derechos constitucionales, la obligaci\u00f3n de las autoridades de guiarse por el principio pro persona cuando apliquen normas de Derechos Humanos, lo que significa que deben preferir la norma o la interpretaci\u00f3n m\u00e1s favorable a la persona, as\u00ed tambi\u00e9n, la obligaci\u00f3n para todas las autoridades, sin distinci\u00f3n alguna, de cumplir con cuatro obligaciones espec\u00edficas: promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos en la sociedad.<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se estableci\u00f3 la obligaci\u00f3n de que, cuando existe una violaci\u00f3n a los derechos de las personas, las autoridades deben investigar, sancionar y reparar dichas violaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta memorable Reforma mandata a todas las autoridades de los tres niveles de gobierno a incorporar en la educaci\u00f3n a todos los niveles los Derechos Humanos, a que se respeten los derechos humanos en el sistema penitenciario mexicano, colocar los derechos humanos como principio rector de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n, se reconoci\u00f3 a las comunidades ind\u00edgenas como entidades de derechos p\u00fablico, los derechos de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, de manera expresa en el art\u00edculo 2 de la Constituci\u00f3n se incluy\u00f3 el principio de Igualdad y No Discriminaci\u00f3n entre las personas pugnando por una igualdad sustantiva entre las personas sin distinci\u00f3n de raza, color, sexo, idioma, opini\u00f3n pol\u00edtica o de cualquier otra \u00edndole, origen nacional o social, posici\u00f3n econ\u00f3mica, nacimiento o cualquier otra condici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Fueron reformados once art\u00edculos de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos a favor de los Derechos Humanos de las personas, que suponen cambios en la organizaci\u00f3n y ejercicio del poder pol\u00edtico, la creaci\u00f3n de instituciones, el reconocimiento de derechos y la adopci\u00f3n de valores, ideales y principios fundamentales.\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfCu\u00e1l es la situaci\u00f3n real en M\u00e9xico a 12 a\u00f1os de que fuese publicada la reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos?<\/p>\n\n\n\n<p>Dicen que para muestra basta solo un bot\u00f3n, por lo que nos permitiremos recordar algunos de los se\u00f1alamientos realizados con antelaci\u00f3n en este espacio de opini\u00f3n, de violaciones a los derechos humanos que han sido nota importante en los medios de difusi\u00f3n recientemente.<\/p>\n\n\n\n<p>El pasado 27 de enero de 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos notific\u00f3 a M\u00e9xico la Sentencia condenatoria emitida en su contra en el caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs. M\u00e9xico, en la que como estudio de fondo se analiz\u00f3 la convencionalidad de las figuras jur\u00eddicas mexicanas del arraigo y la prisi\u00f3n preventiva.<br>As\u00ed, la CoIDH en cuanto a la prisi\u00f3n preventiva, que fue aplicada en el caso, concluy\u00f3 que el Estado mexicano vulner\u00f3 el derecho humano a no ser privado de la libertad arbitrariamente, al control judicial de la privaci\u00f3n de la libertad y a la presunci\u00f3n de inocencia en perjuicio de las v\u00edctimas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Tribunal Internacional tambi\u00e9n indic\u00f3 que las condiciones de incomunicaci\u00f3n y aislamiento en las que las v\u00edctimas estuvieron privadas de su libertad bajo la figura del arraigo violaron su derecho humano a la integridad personal.<br>En raz\u00f3n de las violaciones declaradas en la Sentencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos orden\u00f3 y conden\u00f3 a M\u00e9xico al cumplimiento de diversas medidas de reparaci\u00f3n, las cuales deber\u00e1n ser cumplidas en un lapso de un a\u00f1o a partir de la mencionada notificaci\u00f3n de dicha determinaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n, ha sido nota importante en la agenda nacional, la discusi\u00f3n en la C\u00e1mara de Diputados y su inminente aprobaci\u00f3n, en relaci\u00f3n a la iniciativa que pretend\u00eda modificar y adicionar diversas disposiciones Constitucionales en cuanto a las funciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n, la que por fortuna ha sido suspendida por la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica de la C\u00e1mara Baja para su estudio, debido al clamor ciudadano por el respeto de los derechos humanos de los grupos de atenci\u00f3n prioritaria o quiz\u00e1s tambi\u00e9n suspendida para no influir -con su aprobaci\u00f3n- en el proceso electoral en los Estados de M\u00e9xico y Coahuila.<\/p>\n\n\n\n<p>De no retroceder en el intento abrupto de violentar los derechos humanos de la ciudadan\u00eda y solo realizar un maquillaje del contenido de la iniciativa legislativa de reforma constitucional, se limitar\u00e1 la intervenci\u00f3n de las autoridades electorales en los asuntos internos de los partidos pol\u00edticos \u00fanicamente a los supuestos espec\u00edficamente se\u00f1alados literalmente en la Constituci\u00f3n y la ley; se reducir\u00e1n las facultades del TEPJF y del Instituto Nacional Electoral (INE) para fijar medidas afirmativas a favor de grupos de atenci\u00f3n prioritaria y para hacer efectiva la paridad de g\u00e9nero en el acceso a cargos de elecci\u00f3n popular, principio de paridad, que fue incorporado a nuestra Constituci\u00f3n en el 2014 y adem\u00e1s refrendado en el Decreto de Paridad de los G\u00e9neros, suscrito por el Presidente de la Rep\u00fablica y publicado el 5 de junio de 2019 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se obligar\u00e1 al TEPJF en todo tipo de controversias a delimitar sus determinaciones al texto literal de la ley, esto es, se impedir\u00eda a los juzgadores electorales aplicar en sus sentencias el control difuso de constitucionalidad y convencionalidad y llevar a cabo la aplicaci\u00f3n de la ley de la ponderaci\u00f3n de los derechos fundamentales controvertidos de la teor\u00eda formulada por el fil\u00f3sofo del derecho y jurista alem\u00e1n Robert Alexy.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunado a lo anterior, se eliminar\u00eda la competencia de la jurisdicci\u00f3n electoral para abordar asuntos parlamentarios de cualquier \u00edndole aun cuando afecten el ejercicio de los derechos pol\u00edticos-electorales de las personas involucradas, pasando por alto, la magna Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos de junio de 2011.<\/p>\n\n\n\n<p>El pasado 26 de marzo un grupo de migrantes provenientes de Guatemala, Honduras, El Salvador, Venezuela y otros pa\u00edses, quedaron atrapados en la intensidad de un incendio al interior de la estaci\u00f3n migratoria de Ciudad Ju\u00e1rez, Chihuahua; despu\u00e9s del incidente se dio a conocer que estaban detenidos sin justificaci\u00f3n, algunos por tiempo prolongado, bajo llave y que los funcionarios a cargo no hicieron nada para abrir las rejas y dejarlos salir, conducta que provoc\u00f3 la muerte de 39 migrantes y 27 m\u00e1s heridas, algunas de gravedad.<br>A nivel Latinoam\u00e9rica, M\u00e9xico es el pa\u00eds que tiene m\u00e1s estaciones migratorias o m\u00e1s bien debemos llamarlos centros de privaci\u00f3n de libertad de personas en movilidad -migrantes-, con un total de 50 a lo largo y ancho de la geograf\u00eda mexicana; a partir de 2019, debido al incremento de las caravanas migratorias, el Estado mexicano implement\u00f3 todo un dispositivo de seguridad y control fronterizo -quiz\u00e1s por presiones derivadas de la pol\u00edtica internacional- pero, con la llegada de la Guardia Nacional se reforz\u00f3 la criminalizaci\u00f3n de las personas en situaci\u00f3n de migraci\u00f3n, generando impactos importantes en los grupos de atenci\u00f3n prioritaria como son las mujeres solas y con hijos, mujeres embarazadas, ni\u00f1as, adolescentes no acompa\u00f1ados, adultos mayores, personas de la diversidad sexual, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>En M\u00e9xico, la detenci\u00f3n migratoria es obligatoria, es generalizada, es sistem\u00e1tica, es autom\u00e1tica y arbitraria, tratando a las personas en calidad migratoria irregular como viles delincuentes, aprovech\u00e1ndose de su condici\u00f3n de vulnerabilidad, alej\u00e1ndose de las medidas de protecci\u00f3n internacional estipuladas en nuestro marco legal, pues olvidan que entrar a territorio mexicano de manera irregular NO es un delito, hoy por hoy en M\u00e9xico se vulneran los derechos humanos de la poblaci\u00f3n migrante.<\/p>\n\n\n\n<p>Hoy en M\u00e9xico, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Datos Personales (INAI), organismo aut\u00f3nomo encargado de garantizar a la ciudadan\u00eda mexicana el derecho humano de acceso a la informaci\u00f3n y transparencia, se encuentra incompleto e impedido legalmente para llevar a cabo sus funciones, debido a que de los siete Comisionados que integran el Pleno del Instituto, en este mes de abril 2023, tres de ellos terminaron su encargo de siete a\u00f1os y no han sido nombrados las personas sustitutas por el Senado de la Rep\u00fablica de acuerdo al art\u00edculo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Am\u00e9n, que el pasado 16 de marzo el Presidente de la Rep\u00fablica en ejercicio de su derecho constitucional vet\u00f3 el nombramiento de dos personas como comisionadas del INAI y aunado a esto, se rumora la inminente desaparici\u00f3n de este organismo aut\u00f3nomo en materia de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho humano de Acceso a la Informaci\u00f3n y Transparencia de las y los mexicanos se ha politizado y es violentado flagrantemente en una supuesta democracia constitucional por quienes deben defenderlo.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre otros temas, as\u00ed llegamos al duod\u00e9cimo aniversario de la Magna Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos en M\u00e9xico, el resto lo dejo a su reflexi\u00f3n personal\u2026<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gladys de L. 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