{"id":104255,"date":"2023-04-24T09:26:41","date_gmt":"2023-04-24T14:26:41","guid":{"rendered":"https:\/\/nvnoticias.mx\/?p=104255"},"modified":"2023-04-24T09:26:42","modified_gmt":"2023-04-24T14:26:42","slug":"el-derecho-humano-de-acceso-a-la-informacion-y-transparencia-pende-de-un-hilo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nvnoticias.mx\/index.php\/2023\/04\/24\/el-derecho-humano-de-acceso-a-la-informacion-y-transparencia-pende-de-un-hilo\/","title":{"rendered":"El derecho humano de Acceso a la Informaci\u00f3n y Transparencia pende de un hilo"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Gladys de L. P\u00e9rez Maldonado<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Durante las \u00faltimas semanas o m\u00e1s se ha hecho notoria en los medios impresos y digitales la palabra <em>transparencia, <\/em>de ah\u00ed que sea necesario conceptualizarla.<\/p>\n\n\n\n<p>El t\u00e9rmino <em>transparencia<\/em> se acostumbra a emplear para indicar la conducta positiva de las personas. Una persona es transparente cuando es sincera, responsable, asume las consecuencias de sus actos, no miente ni tiene secretos.<\/p>\n\n\n\n<p>Para muchas personas la <em>transparencia<\/em> es un valor social que genera confianza, seguridad y muestra el lado positivo de los individuos.<\/p>\n\n\n\n<p>La <em>transparencia pol\u00edtica<\/em> se refiere a la honestidad, \u00e9tica y responsabilidad que deben tener los gobiernos y los entes p\u00fablicos a fin de dar a conocer a la ciudadan\u00eda cu\u00e1les son las gestiones en las que se realizan inversiones econ\u00f3micas de importancia social. Las instituciones privadas no est\u00e1n exentas del deber de transparentar sus acciones, siempre y cuando reciba y ejerza recursos p\u00fablicos o realice actos de autoridad. (Fuente: \u201cTransparencia\u201d. En: <a href=\"http:\/\/www.significados.com\/transparencia\">www.significados.com\/transparencia<\/a> ).<\/p>\n\n\n\n<p>La <em>transparencia<\/em> se ha convertido, hoy en d\u00eda, en un indicador fundamental de la calidad de los gobiernos que aspiran a considerarse democr\u00e1ticos y en presupuesto necesario para que las y los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente su valoraci\u00f3n y una verdadera intervenci\u00f3n participativa.<\/p>\n\n\n\n<p>En t\u00e9rminos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica la <em>transparencia<\/em> es informar a la ciudadan\u00eda sobre el trabajo que se realiza para mejorar la gesti\u00f3n p\u00fablica y mejorar la eficiencia en el funcionamiento de la administraci\u00f3n p\u00fablica y las entidades dependientes.<\/p>\n\n\n\n<p>La falta de <em>transparencia<\/em>&nbsp; en las operaciones gubernamentales y los procesos de toma de decisiones a menudo est\u00e1 relacionada con esc\u00e1ndalos de corrupci\u00f3n, mala toma de decisiones, falta de responsabilidades de funcionarios p\u00fablicos y gobernanza disfuncional de las organizaciones gubernamentales.<\/p>\n\n\n\n<p>La <em>transparencia<\/em> usualmente se considera una de las condiciones cr\u00edticas para el buen gobierno y un mecanismo esencial para equilibrar el poder entre el gobierno y los gobernados. Aumenta la posibilidades de que se detecten irregularidades, se descubran abusos de poder y se examinen las actividades.<\/p>\n\n\n\n<p>En M\u00e9xico el <em>derecho de acceso a la informaci\u00f3n <\/em>fue incorporado a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, con la reforma al art\u00edculo 6 en el a\u00f1o de 1977, aunque en esta ocasi\u00f3n solo se estableci\u00f3 en materia electoral como prerrogativa de los partidos pol\u00edticos, a fin de que la sociedad tuviera la posibilidad de conocer la plataforma ideol\u00f3gica de las diversas corrientes pol\u00edticas en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Fue en 1983 con el Caso Burgoa y el Caso Aguas Blancas que se sentaron los precedentes para que en el a\u00f1o 2000, la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n reconociera <em>el derecho de acceso a la informaci\u00f3n<\/em> como una garant\u00eda individual y la obligaci\u00f3n del Estado para informar verazmente, por lo que pas\u00f3 de ser una prerrogativa en materia electoral, a instituirse como una garant\u00eda exigible al Estado, con la finalidad que se proporcione a la sociedad informaci\u00f3n fidedigna de su actividad gubernamental.<\/p>\n\n\n\n<p>El 20 de julio de 2007, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Decreto mediante al cual se adicion\u00f3 al art\u00edculo 6 constitucional un segundo p\u00e1rrafo con siete fracciones en la que se establecen los principios y bases que rigen en el \u00e1mbito federal, estatal y al Distrito Federal, como son los principios de publicidad, m\u00e1xima publicidad y protecci\u00f3n de datos, bajo las bases de gratuidad, universalidad, celeridad y administraci\u00f3n de archivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Con esta reforma se estableci\u00f3 <em>el acceso a la informaci\u00f3n<\/em> p\u00fablica como un derecho fundamental de las y los mexicanos.<\/p>\n\n\n\n<p>En el marco del Sistema Interamericano de los Derechos Humanos, <em>el derecho de acceso a la informaci\u00f3n <\/em>se inserta dentro del marco general de la libertad de expresi\u00f3n contenido en el art\u00edculo 13 de la Convenci\u00f3n Americana de Derechos Humanos, interpretado por la Relator\u00eda Especial para la Libertad de Expresi\u00f3n de la CIDH, en el sentido que \u201cEn los sistemas democr\u00e1ticos, en los cuales la actuaci\u00f3n del Estado se rige por los principios de publicidad y transparencia, el derecho de acceso a la informaci\u00f3n en poder del Estado es un requisito fundamental para garantizar la participaci\u00f3n democr\u00e1tica, la transparencia y la buena gesti\u00f3n p\u00fablica, ya que habilita a la sociedad civil para ejercer un escrutinio a las acciones de las autoridades\u2026es necesario para evitar abusos de los funcionarios p\u00fablicos, promover la rendici\u00f3n de cuentas y la transparencia en la gesti\u00f3n estatal y permitir un debate p\u00fablico s\u00f3lido e informado que asegure la garant\u00eda de recursos efectivos contra los abusos gubernamentales y prevenga la corrupci\u00f3n.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><em>El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Datos Personal <\/em>(INAI), es un organismo aut\u00f3nomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jur\u00eddica y patrimonio propio, con plena autonom\u00eda t\u00e9cnica, de gesti\u00f3n, responsable de garantizar el cumplimiento de derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, transparencia &nbsp;y a la protecci\u00f3n de datos personales en posesi\u00f3n de los sujetos obligados, que tiene su fundamento en la fracci\u00f3n VIII, del Apartado A del art\u00edculo 6 Constitucional (2016) y se rige por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (LGTAIP) de 2015 y por la Ley Federal de Transparencia&nbsp; y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (LFTAIP) de 2016.<\/p>\n\n\n\n<p>Hoy en M\u00e9xico, este organismo aut\u00f3nomo encargado de garantizar a la ciudadan\u00eda mexicana <em>el derecho humano de acceso a la informaci\u00f3n y transparencia<\/em>, se encuentra incompleto e impedido legalmente&nbsp; para llevar a cabo sus funciones, debido a que de los siete Comisionados que integran el Pleno del Instituto, en este mes de abril, tres de ellos terminaron su encargo de siete a\u00f1os y no han sido nombrados las personas sustitutas por el Senado de la Rep\u00fablica de acuerdo al art\u00edculo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n y al menos en este periodo legislativo que est\u00e1 por concluir la pr\u00f3xima semana no se nombrar\u00e1n por falta de consenso pol\u00edtico seg\u00fan se dice&#8230;<\/p>\n\n\n\n<p>Am\u00e9n, que el pasado 16 de marzo el Presidente de la Rep\u00fablica en ejercicio de su derecho constitucional vet\u00f3 el nombramiento de dos personas como comisionadas del INAI y aunado a esto, se rumora la inminente desaparici\u00f3n de este organismo aut\u00f3nomo en materia de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n\u2026<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho humano de Acceso a la Informaci\u00f3n y Transparencia de las y los mexicanos se ha politizado y es violentado flagrantemente en una supuesta democracia constitucional por quienes deben defenderlo, el Estado de Derecho en esta materia pende de un hilo\u2026<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gladys de L. 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